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Criterios para publicar artículos en “El Cristal Roto”
El Cristal Roto es un blog dedicado principalmente al análisis costo-beneficio de normas (ACB).
Se solicita cumplir con los siguientes criterios para ser publicado en nuestro blog:
El artículo podrá versar sobre el ACB de alguna norma (incluyendo sentencias) o proyectos de normas que se encuentren actualmente en debate o sean de particular importancia para la sociedad peruana. También se admitirán comentarios a normas o proyectos foráneos. Al enviar el artículo, se alienta el proporcionar una referencia exacta a la norma o proyecto que comenta. También se admiten comentarios sobre temas libres, de preferencia ligados al derecho empresarial, tributario, internacional o regulatorio/administrativo.
El artículo deberá tener una extensión máxima de 1000 palabras, salvo que sea una entrevista, en cuyo caso podrá exceder el número de palabras.
No existen reglas de formato preestablecidas, pero los integrantes de El Cristal Roto (profesor Oscar Súmar y alumnos de las facultades de Derecho y Economía) se reservarán el derecho de darle el formato estándar y corregir fallas ortográficas o gramaticales que el artículo pudiera contener. Sin embargo, el artículo deberá contener: título y una breve reseña (dos líneas) en la que se destaquen los estudios, centro laboral y curso dictado, de ser el caso, por el autor.
No necesariamente tienen que ser artículos inéditos pero, en cualquier caso, los editores del blog se reservan el derecho de admitir o rechazar artículos, previa exposición al profesor de los motivos de la no admisión del artículo enviado. Si envía un artículo ya publicado en otro lugar, le rogamos brindarnos la información debida, con los respectivos detalles de su publicación.
Para el envío de artículos, por favor contactarse con: Marjorie Mellet (mellet_m@up.edu.pe)

Felicitaciones por su blog e invitar a participar en el
Cual es su posición sobre los derechos de autor de los artículos escrito?
La idea es que sean artículos inéditos y que -luego de publicados- no se publiquen en otros lugares. Sí se pueden compartir en otros medios. Todo esto es conversable, sin embargo.
Respondiendo específicamente la pregunta, la norma es que una publicación “comunal” como la nuestra adquiere los derechos de autor (no los morales, sino los relacionados a la distribución) de cada artículo que se publica. El efecto práctico de esto es que cada autor nos debería de pedir permiso para re-publicar un post que ha salido previamente en nuestro blog. Por otro lado, nosotros no lucramos -por lo menos directamente- con los posts.
Espero con esto haber respondido su pregunta.
Saludos,
Oscar Súmar
la verdad que estaria bueno que este esa ley del 10 x ciento porque muy pocas mesa te dejan propina .y si te dejan son los clientes fijos que ya te conocen .te cuento una a mi conpañero una mesa de 8 personas le dejo 3 peso y los atendio de 10 y para colmo estuvieron mas o meno 6 horas .la verdad que esa gente no tiene respeto .y te vas mal y sabes que al otro dia tenes que ir contu mejor cara .para ver si te va a pasar lo mismo jajajaj asi somos los mozos .