Límite a la propiedad agraria: chiste repetido (y no fue gracioso la primera vez)

Por: Óscar Súmar A., profesor e investigador a tiempo completo en la UP

Nuevamente se ha puesto sobre el tapete el tema del límite a la propiedad agraria, gracias a propuestas de ley presentadas en el Congreso. Dichas propuestas tienen más o menos la misma estructura y el mismo sustento. La idea es que una sola persona o “grupo económico” solo pueda contar con 20 mil hectáreas aproximadamente, con variaciones dependiendo del proyecto que se mire. El tema tiene larga data, pero nos exoneraremos de un recuento, redirigiéndolos aquí.

La propuesta tiene dos justificaciones formales: lograr la “seguridad” alimentaria y redistribuir (ver explicación de uno de sus propulsores aquí y al mismo congresista en un interesante debate con Fernando Cilloniz aquí). Hasta aquí, cabe preguntarnos, ¿es posible lograr alguno de estos fines por medio de una norma con estas características?

i)       En relación a la seguridad alimentaria: no se ve una conexión entre una cosa y otra. Sea que los terrenos tengan más de 20 mil hectáreas o no, nada impide que los agricultores puedan exportar lo que producen. En todo caso, si el objeto de la norma es éste, una manera más directa y clara de lograrlo sería prohibiendo la exportación. Claramente, no se propone esto porque no sería “políticamente viable” y chocaría incluso más fuertemente con consideraciones de eficiencia y derechos constitucionales como la libertad de empresa.

Por otro lado, el poner límites a la agricultura, tampoco hará que las tierras “sobrantes” sean compradas por otros agricultores, sino que podrían ser compradas por personas que se dediquen a cualquier otra industria, reduciendo, mas bien, la cantidad de alimentos producidos en Perú.

 ii)           En relación a la redistribución: ¿es verdad que limitar la propiedad de la tierra le dará más acceso a personas pobres? Esto es completamente errado, el limitar la propiedad podría tener un efecto en el precio (probablemente reduciéndolo), pero eso no quiere decir que las personas más pobres van a tener acceso a ellos. Las personas pobres no tienen suficientes recursos para comprar terrenos de 1, 10 o 19 mil hectáreas. Habría que refrescarles a estos congresistas las definiciones de “pobreza” y “pobreza extrema”.

A quienes sí se perjudicaría, mas bien, es a trabajadores de empresas agrícolas que se vean –a su vez- perjudicadas con esta norma y a dueños de tierras que verán limitadas sus opciones de venta. Esto sin tomar en cuenta el impacto que una norma como ésta pueda tener en el precio de productos agrícolas, afectando a los consumidores de dichos productos.

 ¿Hay algún argumento de eficiencia posible?: control de fusiones

 He escuchado y leído un argumento que trata de equiparar una norma como ésta al control de fusiones, una norma con la cual por lo menos un grupo de economistas ha sido particularmente indulgente. Más allá de nuestra opinión acerca de una ley de control de fusiones, en este caso queremos destacar la impertinencia de la analogía que se intenta hacer.

Una norma de control de fusiones tiene como fundamento evitar la concentración de poder de mercado. El poder de mercado no tiene nada que ver con el tamaño de la empresa. Que una empresa sea grande o chiquita es relativo y no nos dice mucho acerca de su poder en el mercado. Una norma de control de fusiones no le dice a las empresas: “no puedes tener más de X trabajadores” o “más de X máquinas” o “tus plantas no pueden tener más de X m2”. Por el contrario, la norma bajo comentario sí impone límites a los insumos para la producción, independientemente del poder de mercado de la empresa.

Actualmente, la mayoría de nuestra legislación de libre competencia se refiere a “abusos” de la posición de dominio (lo que implica que no se prohíbe la posición de dominio per se). El control de fusiones no sanciona, pero sí previene la obtención de poder de mercado, como un mecanismo –nuevamente- preventivo, contra su abuso. Una norma como la limitación de insumos de producción va incluso un paso más atrás, simplemente dificultando el crecimiento de las empresas, independientemente de consideraciones acerca de su poder relativo en el mercado.

¿A quién beneficia esta norma?

Es relativamente fácil ser suspicaz acerca de una norma tan alejada de sus propósitos formales y que –por si fuera poco- de manera más o menos clara tiene como finalidad impedir el crecimiento de empresas. ¿Quién es el interesado en limitar el crecimiento de las empresas agrícolas (o de alguna empresa agrícola en particular)? Habría que mirar detenidamente el mercado peruano y seguramente tendremos más pistas en relación a esto. Las sospechas ya han sido expresadas en otros medios. Si éstas fuesen fundadas, pues debería darle vergüenza a estos congresistas argumentar acerca de las bondades de esta ley, pese a que un análisis superficial nos dice que ésta no tiene mayor sustento.

3 Responses to Límite a la propiedad agraria: chiste repetido (y no fue gracioso la primera vez)

  1. Yamil Abugattas says:

    No entiendo como es posible siquiera que se plantee una cosa así. ¿No entiende la gente? Es una vergüenza que se discuta. Una norma como esa debería estar totalmente fuera de cuestión, tomando en cuenta la clara existencia de economías de escala en el sector. No sé con qué base afirman que eso «evitará la posición de dominio». Por supuesto que hay que asegurar la competencia, pero esa está muy lejos de ser la forma correcta. Parece que cualquier imbécil llega a congresista.

  2. Claudia A. says:

    Pero la concentracionde la demanda del mercado en ciertas empresas no impide que otras muchas a la vez no crezcan por la falta de demanda, saciada por solo un grupo de empresas ? acaso el limite de produccion a las empresas no dirigiria la demanda a conseguir produccion, imposible de obtener de una sola empresa , de otras mas? esto no beneficiaria entonces a otras empresas que probablemente en diferente situacion no habrian tenido la oportunidad? Simplemente dudas mias

  3. Estimados Yamil y Claudia, gracias por sus comentarios.

    Claudia: sin duda restringir la cantidad de producción de una empresa puede hacer que otras tengan «oportunidades» que de otro modo no hubieran tenido. Eso es claro. El problema es si eso es deseable desde algún punto de vista. No lo es desde el punto de vista de los consumidores, pues el precio de los alimentos debería tender a ser más alto en un mercado así, ya que se restringiría la competencia. El límite a la producción sería como un escudo para los «incompetentes».

    Ahora, ¿esa norma se justifica en términos redistributivos? ¿Habrá un traspaso de riquesa hacia grupos menos favorecidos? Todo parece indicar que no. Nada impediría que esas otras empresas que ahora -supuestamente- entrarían al mercado, sean también manejadas por personas ricas.

    Una medida realmente redistributiva sería regalarle tierras a personas pobres. Claro que eso traería aparejada también una nueva destrucción de la industria agraria en Perú.

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